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Lunes a Sábado 10:00 a.m. a 9:00 p.m. - Domingo y Festivos 11:00 a.m. a 8:00 p.m. Eventos: No hay eventos en este momento SÓTANO 1, disponibilidad 117 SÓTANO 2, disponibilidad 513 SÓTANO 3, disponibilidad 356 SÓTANO 4, disponibilidad 452 SÓTANO 5, disponibilidad 456 SÓTANO 6, disponibilidad 272

Términos y condiciones

Reglamento de Estacionamiento

Reglamento de Estacionamiento

El Centro Comercial Santafé Medellín P.H. es un bien privado sometido al régimen de propiedad horizontal. NO ES UN ESTACIONAMIENTO PÚBLICO, NI PRESTA EL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO PÚBLICO VIGILADO; por lo tanto, la COPROPIEDAD no presta un servicio de custodia remunerado dentro de la zona común del estacionamiento, sino el otorgamiento transitorio del derecho de uso de este espacio. La zona común del estacionamiento podrá ser utilizada por usuarios del edificio, cumpliendo con el presente reglamento. En todo caso la COPROPIEDAD se reserva el derecho de admisión y permanencia de personas, vehículos, motocicletas y bicicletas en el edificio.

Por lo anterior, en atención a la Ley 675 de 2001 y el Reglamento de Propiedad Horizontal por el cual se regula la explotación económica de bienes de uso común, el servicio de estacionamiento se encuentra sometido a las reglas que se exponen a continuación:

  1. El conductor del carro, motocicleta o bicicleta, será el único responsable de la actividad peligrosa que realice al interior de las instalaciones del estacionamiento, así como del acatamiento de las señales de circulación y tránsito previstas en el Código Nacional de Tránsito vigente en Colombia.
  2. Al estacionamiento de motocicletas solo podrá ingresar el conductor.
  3. La COPROPIEDAD no se hará responsable por daños o pérdida de bienes que no sean anexos o complementarios del vehículo, que hayan sido dejados en su interior, que no hayan sido entregados formalmente a la administración o que hayan sido dejados en lockers o casilleros designados para el efecto (siempre que se ofrezca dicho servicio). La Administración podrá, en casos particulares y según la naturaleza de los bienes o enseres, negarse a otorgar el derecho al uso de las zonas comunes del estacionamiento. Las bicicletas siempre deberán dejarse aseguradas con su respectiva guaya.
  4. No dejar objetos de valor dentro del vehículo.
  5. Los vehículos deberán estacionarse en reversa en los sitios demarcados para el efecto.  Los estacionamientos para personas con movilidad reducida, condiciones especiales o celdas para vehículos eléctricos no podrán ser utilizados por personas distintas a éstas.
  6. Al ingreso del estacionamiento, el sistema Smart Seamless reconoce la placa del vehículo y le permite el acceso.
  7. Los usuarios podrán consultar en cualquier momento el reglamento del estacionamiento, accediendo al sitio web www.santafemedellin.com – Reglamento de Estacionamiento.
  8. Al momento del ingreso, el vehículo será grabado o registrado por un sistema de video. Igualmente, dentro del estacionamiento, el vehículo, su conductor y acompañantes podrán ser grabados por el sistema de CCTV (Circuito Cerrado de Televigilancia). Los videos serán documentos reservados que sólo podrán ser conocidos por autoridades y/o terceros en las condiciones previstas por la ley.
  9. El valor del estacionamiento ha sido publicado en varios avisos físicos fijados antes de ingresar al estacionamiento, al interior del mismo y en las zonas comunes de la COPROPIEDAD. Las condiciones tarifarias del estacionamiento están publicadas en nuestra página web www.santafemedellin.com - Reglamento de Estacionamiento.
  10. Los carros, motocicletas y/o bicicletas deberán retirarse de las zonas comunes de la COPROPIEDAD antes del cierre de la misma y en todo caso en que así lo requiera el Centro Comercial. Si por motivos de fuerza mayor no puede retirar el vehículo, acérquese a la oficina de estacionamiento antes del cierre del centro comercial, ubicada en sótano 1 rojo; en caso de que el vehículo se deje sin la debida autorización este deberá cancelar el valor total de la estadía que indique el sistema de estacionamiento. Una vez efectuado el cierre de las puertas del Centro Comercial, no se permitirá el ingreso a las instalaciones para la manipulación o el retiro de ningún vehículo.
  11. El vehículo deberá ser revisado por su propietario antes de ser retirado de las instalaciones de la COPROPIEDAD. En caso de presentarse alguna novedad, esta deberá reportarse de manera inmediata y por escrito a la Coordinación de Estacionamiento del Centro Comercial, quien procederá a dar respuesta en los plazos previstos por la Ley.
  12.  El Centro Comercial Santafé Medellín P.H. cuenta con la Póliza de Responsabilidad Civil No. 618512 de la compañía HDI Seguros Colombia S.A.

*Al hacer uso del estacionamiento de la COPROPIEDAD, los usuarios autorizan el tratamiento de sus datos personales derivados del uso del CCTV, los cuales serán tratados por la COPROPIEDAD conforme a la Ley 1581 del 2012 y políticas internas.

SISTEMA TARIFARIO ESTACIONAMIENTO DE CARROS Y MOTOS PARA VISITANTES

            CONCEPTO                                     VALOR

  • Primeras tres horas (3) horas:         SEIS MIL PESOS (COP $6.000)
  • Hora adicional o fracción:                SEIS MIL PESOS (COP $6.000)
  • Tarifa Día a partir de (6) horas:        VEINTICUATRO MIL PESOS (COP $24.000)

Todas las tarifas anteriores incluyen IVA.

Si tiene FlyPass o Gopass y tiene saldo con débito automático activo, no realice el pago ya que automáticamente se le realizará el cobro en su dispositivo electrónico.

Métodos de pago: efectivo, Flypass, Gopass, QR Bancolombia, Tarjetas Débito y Crédito Redeban.

  • La hora adicional o fracción se aplicará hasta las cinco (5) horas de estancia en el mall. Después de este tiempo, el valor a pagar será de $24.000 sin excepciones.
  • Si necesita aplicar la Tarifa Día para ingresar y salir del mall en repetidas ocasiones durante el horario comercial del día en curso, debe acercarse a la oficina de estacionamiento (ubicada en el Sótano 1 rojo, sector Balsos).
  • La Tarifa Día tiene vigencia durante el horario comercial del día en curso.

PARÁGRAFO: El Consejo de Administración tendrá la potestad de determinar las tarifas de estacionamiento en atención al tiempo que permanezca cada vehículo al interior del Centro Comercial; lo anterior de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

LUGAR DE PAGO:

Se han habilitado 13 puntos de pago, 10 automáticos (cajeros) y 3 manuales, distribuidos en los sótanos de todos los sectores, así:

Piso 1, sector Balsos. (Rojo): cajero automático.

Piso Principal, sector Poblado. (Naranja): 2 cajeros automáticos.

Sótano 1, sector Balsos (Rojo): cajero manual.

Sótano 2, sector Lomas. (Azul): cajero automático.

Sótano 2, sector Aguacatala. (Verde): cajero automático.

Sótano 3, sector Aguacatala. (Verde): cajero manual. Taquilla de motos. (Disponible de 6:00 a.m. a 12:00 a.m.).

Sótano 3, sector Poblado. (Naranja): 2 cajeros automáticos.

Sótano 4, sector Lomas. (Azul): cajero automático.

Sótano 4, sector Poblado. (Naranja): cajero manual. (Horario sujeto a necesidad del Centro Comercial).

Sótano 5, sector Lomas. (Azul): cajero automático.

Sótano 5, Sector Poblado. (Naranja): cajero automático.

EXCEPCIONES

Quienes realicen compras de mínimo SETENTA Y CINCO MIL PESOS (COP $75.000) en Jumbo, Falabella o Xtreme Fun Zone tendrán las tres (3) primeras horas de parqueadero gratuito. Para este beneficio, solo se permitirá acumular hasta dos (2) facturas de la misma marca. No se admite la acumulación de facturas entre marcas para el pago de horas adicionales o fracciones dentro de una misma estadía.

Smart Fit: las primeras 3 horas de estacionamiento serán gratuitas. Aplica solo para los usuarios que hayan entrenado en el día en curso.

Cine Colombia: quienes realicen compras en Cine Colombia tendrán las 3 primeras horas de parqueo gratuito.

Domicilios: los motociclistas que ingresen al Centro Comercial para prestar el servicio de domicilio en tiendas tendrán treinta (30) minutos como periodo de gracia, para lo cual deberán presentar la factura del pedido y el producto que estén recogiendo. Este beneficio no aplica a aquellos domiciliarios que vienen a entregar producto o prestar servicios al interior del Centro Comercial. 

*Las EXCEPCIONES solo aplican presentando facturas del día en curso de la validación.

CONDICIONES

Para las excepciones mencionadas anteriormente, después de la tercera hora se cobrará a $6.000 LA HORA O FRACCIÓN. Para acceder a las excepciones descritas será indispensable presentar la(s) factura(s) correspondientes en los puntos de pago manuales. La fecha de la(s) factura(s) presentadas para acceder a las excepciones deberá corresponder al mismo día en que se utilice el estacionamiento. La factura debe indicar que el establecimiento comercial en el que se realizó la compra está ubicado en el Centro Comercial Santafé Medellín P.H.

Luego de pagar el estacionamiento, el usuario tendrá TREINTA (30) MINUTOS para retirar el vehículo del estacionamiento. De lo contrario, deberá cancelarse el tiempo adicional de permanencia.

 

REGLAMENTO PARA COLABORADORES DE ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO Y CONTRATOS:

- Mensualidad de motos: VEINTITRES MIL PESOS (COP $23.000) IVA incluido.

- Mensualidad de carros: SESENTA Y UN MIL PESOS (COP $61.000) IVA incluido.

 

REGLAMENTO PARA VECINOS Y EMPLEADOS DE VECINOS:

El servicio de estacionamiento de motos y carros para los colaboradores de los establecimientos de comercio y contratistas tendrá una mensualidad de:

Para vecinos y colaboradores de los establecimientos vecinos tendrá una mensualidad de:

  • Mensualidad de motos: OCHENTA Y CINCO MIL PESOS (COP $85.000) IVA incluido.
  • Mensualidad de carros: DOCIENTOS MIL PESOS (COP $200.000) IVA incluido.

 

Inscripción de motos y carros: el empleado que decida pagar mensualidad deberá entregar de manera presencial en la oficina de estacionamiento del Centro Comercial, (ubicada en el Sótano 1, sector Balsos, color rojo), una carta membretada de la empresa o correo corporativo, indicando solicitar el servicio de mensualidad, además que contenga el nombre del empleado, cédula, cargo y placa del vehículo que quiere inscribir al estacionamiento. Esta carta deberá estar firmada por el jefe de zona, jefe de tienda, representante legal o su delegado.

CONDICIONES

a) MENSUALIDAD: la vigencia de cada mensualidad será de treinta (30) días calendario y deberá pagarse en la caja de pago manual ubicada en sótano 1 rojo, oficina de estacionamiento.

b) HORARIO: Los horarios de recibo de información y pago de la mensualidad serán de lunes a viernes de 08:00 am a 6:00 pm; sábados, domingos y festivos de 08:00 am a 12:00 pm.

c) Luego de pagado el primer mes (de manera presencial en la Oficina de Estacionamiento), el usuario podrá realizar el pago de la mensualidad en los puntos de pago automáticos distribuidos al interior del Centro Comercial.

d) Si la persona cuenta con tres vehículos (3 vehículos) podrá inscribirlos, es decir, pagará una única mensualidad por los tres vehículos. Si la mensualidad inicial es de moto y desea incluir un carro, el valor de la mensualidad a pagar será la del carro. No obstante, los vehículos no podrán estar simultáneamente en el estacionamiento, el beneficio de mensualidad lo tomará el primer vehículo en ingresar al estacionamiento y los siguientes deberán cancelar el valor de la estadía que indique el sistema del estacionamiento.

e) La mensualidad no podrá cederse, venderse o transferirse a ninguna persona, ni a otro empleado del Centro Comercial o de la misma tienda, ni a clientes familiares o amigos. Con la violación de esta norma, el establecimiento de comercio, contratista, proveedor o empleado perderá la posibilidad de acceder al estacionamiento mediante mensualidad, por el término de seis (6) meses.

f) En caso de que la mensualidad se venza por mora en el pago, la persona deberá acogerse a las normas generales del valor del estacionamiento y pagar la Tarifa Día establecida para empleados ocasionales o supernumerarios; este pago debe realizarse antes de retirarse en la oficina de Estacionamiento (ubicada en el Sótano 1 rojo, sector Balsos), en caso de estar cerrada se podrá realizar en la taquilla del estacionamiento de motos (ubicada en sótano 3 verde).

g) El pago de mensualidad no concede prioridad alguna sobre los demás usuarios al ingresar al estacionamiento del Centro Comercial Santafé Medellín P.H.

 

EXCEPCIÓN

Supernumerarios, colaboradores temporales de las marcas, personal ocasional de adecuaciones o trabajos autorizados nocturnos en los locales o en las zonas comunes del Centro Comercial Santafé Medellín P.H. deberán presentar en la taquilla de pago ubicada en Sótano 1 Rojo, una carta de la marca o correo corporativo informando la actividad o la autorización siendo el caso y el tiempo que estará laborando dentro del Centro Comercial Santafé Medellín P.H. con una vigencia no mayor a 30 días, pagando SEIS MIL PESOS COLOMBIANOS (COP $6.000) por jornada de doce (12) horas. Después de este tiempo se cobrará cada hora adicional o fracción según lo establecido por la COPROPIEDAD. El único punto de pago con horario extendido es la taquilla de motos, ubicada en Sótano 3 verde, sector Aguacatala. La taquilla de Sótano 4 Naranja se habilita de acuerdo a la operación.

SANCIONES

El usuario que infrinja cualquiera de las obligaciones a su cargo o incurra en alguna conducta prohibida, perderá el derecho de estacionamiento. Estas sanciones no son excluyentes de aquéllas otras normas referentes a conductas indebidas acorde con el presente reglamento o con las normas de tránsito aplicables.

MEDIDAS DE CAUTELA Y CONTROL Y MINIMIZACIÓN DEL RIESGO

La administración del Centro Comercial tendrá la facultad de disponer la movilización de vehículos al interior del estacionamiento cuando se encuentren en áreas no permitidas para estacionar, ante la ocurrencia de contravenciones o cualquier circunstancia que amenace riesgo para los usuarios o para las instalaciones de la COPROPIEDAD.

Así mismo, la COPROPIEDAD no se hará responsable por accidentes, incidentes, choques o siniestros que se presenten al interior del estacionamiento y que sean ocasionadas por terceros ajenos al Centro Comercial, ni por la ocurrencia de aquellos hechos generados por el incumplimiento de lo establecido en el presente reglamento.

VIGENCIA

El presente reglamento rige a partir de su publicación.

Teléfono:
(+57 4) 460 07 37
Dirección:
Carrera 43a, Calle 7 Sur - 170 Medellín, Antioquia.

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