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Lunes a Miércoles: 11:00 a.m. – 8:00 p.m. Jueves a Sábado: 10:00 a.m. – 9:00 p.m. Domingos y Festivos: 11:00 a.m. – 8:00 p.m. Eventos: No hay eventos en este momento SÓTANO 1, disponibilidad 79 SÓTANO 2, disponibilidad 513 SÓTANO 3, disponibilidad 356 SÓTANO 4, disponibilidad 452 SÓTANO 5, disponibilidad 456 SÓTANO 6, disponibilidad 272

Términos y condiciones

Reglamento guarda compras

GUARDA-COMPRAS

Reglamento de uso del servicio

Centro Comercial Santafé Medellín P.H.

Versión 1.0 | Vigencia: 16 de julio de 2026

 

 

Lee estas condiciones antes de utilizar el servicio.

Propósito del servicio: Guarda-compras ofrece a los visitantes un espacio individual para almacenar temporalmente compras, paquetes y pertenencias permitidas mientras permanecen en el Centro Comercial. El servicio busca brindar una experiencia cómoda y confiable, respaldada por controles operativos, protocolos de atención y las condiciones de cobertura aplicables.

 

 

INFORMACIÓN ESENCIAL

 

Ubicación: 

Mundo Creativo.

Capacidad:

14 guarda-compras, sujetos a disponibilidad.

Valor servicio:

3 horas COP $5.000 / 6 horas COP $8.000 / 12 horas COP $12.000

Hora adicional:

COP $3.000.

Servicio 12 horas:

COP $12.000.

Permanencia máxima:

72 horas contadas desde la hora prevista de retiro.

• Pérdida de la llave:

COP $50.000.

El servicio es personal e intransferible.

Debes conservar la llave y devolverla al finalizar el servicio.

En cada servicio se tomará una evidencia fotográfica general del usuario.

No guardes dinero, joyas, documentos de identidad, pasaportes, tarjetas bancarias, armas, sustancias peligrosas o ilícitas, alimentos perecederos ni animales.

 

 

REGLAMENTO DE USO DEL SERVICIO GUARDA-COMPRAS

 

El Centro Comercial Santafé Medellín P.H. pone a disposición de sus visitantes el servicio Guarda-compras. Las siguientes condiciones regulan su acceso, uso y finalización.

 

Artículo 1. Objeto: El presente reglamento establece las condiciones para la prestación y el uso del servicio Guarda-compras administrado por el Centro Comercial Santafé Medellín P.H., en adelante la Copropiedad.

 

Artículo 2. Naturaleza, ubicación y capacidad: Guarda-compras consiste en la asignación temporal de un casillero individual para almacenar pertenencias permitidas durante tu permanencia en el Centro Comercial. El servicio se presta en Mundo Creativo y cuenta con catorce (14) casilleros, sujetos a disponibilidad.

 

Artículo 3. Información previa y disponibilidad: Antes de iniciar, el anfitrión te informará la disponibilidad, la tarifa base, el tiempo incluido, las tarifas adicionales, las restricciones, las condiciones de cobertura y las demás reglas esenciales del servicio. La solicitud no garantiza la asignación de un casillero. La prestación depende de la disponibilidad y del cumplimiento de las condiciones de uso.

 

Artículo 4. Registro y aceptación: Para asignarte un casillero, la Copropiedad solicitará únicamente la información necesaria para identificarte, administrar el servicio, atender novedades y gestionar eventuales reclamaciones. El registro incluirá, como mínimo, nombre, documento de identidad, número de teléfono y valor aproximado de los bienes.

 

Antes de recibir la llave deberás aceptar este reglamento, las condiciones de cobertura aplicables y la autorización para el tratamiento de tus datos personales.

 

Artículo 5. Asignación personal e intransferible: Cada casillero se asigna a una sola persona. No podrás transferirlo, cederlo, subarrendarlo ni permitir que terceros lo utilicen en tu nombre. El anfitrión registrará el número del casillero, la fecha, la hora de inicio, la hora estimada de retiro y la entrega de la llave.

 

Artículo 6. Acceso durante el tiempo contratado: Mientras el servicio se encuentre activo y conserves la llave, podrás abrir y cerrar el casillero cuando lo necesites, sin realizar un nuevo registro ni pagar una tarifa por cada apertura. Cada apertura no reinicia, suspende ni amplía el tiempo contratado. Los bienes que incorpores después deberán cumplir este reglamento y, si modifican de manera significativa el valor inicialmente informado, deberás actualizar la declaración de valor con el anfitrión.

 

Artículo 7. Custodia de la llave: Eres responsable de conservar la llave desde su entrega hasta la finalización del servicio. No debes prestarla, duplicarla, marcarla, alterarla ni entregarla a otra persona. La devolución de la llave es requisito para cerrar el servicio. Cualquier pérdida, daño o novedad deberá reportarse inmediatamente al anfitrión.

 

Artículo 8. Llave maestra y apertura extraordinaria: La Copropiedad mantendrá una llave maestra bajo custodia institucional y con acceso restringido al personal autorizado. La llave maestra solo podrá utilizarse cuando exista una causa justificada, entre ellas: pérdida de la llave, emergencia, riesgo de seguridad, vencimiento del servicio, cumplimiento del plazo máximo de permanencia o cualquier otra situación que requiera acceso excepcional al casillero. Toda apertura extraordinaria deberá registrarse con fecha, hora, número del casillero, usuario asociado, motivo, descripción de la novedad y colaborador responsable. Cuando las circunstancias lo requieran, se realizará en presencia de un testigo y se dejará evidencia escrita o fotográfica.

 

Artículo 9. Bienes permitidos: Puedes almacenar bienes compatibles con las dimensiones y capacidad del casillero, tales como morrales, bolsas, maletas de cabina, cascos, paquetes pequeños y compras. Los objetos deberán ubicarse de forma que el casillero pueda cerrar correctamente y sin forzar la puerta, la cerradura o sus componentes.

 

Artículo 10. Bienes prohibidos: Está prohibido almacenar los siguientes bienes:

  • Dinero, joyas y títulos valores.
  • Documentos de identidad, pasaportes y tarjetas bancarias.
  • Armas, municiones, explosivos o elementos destinados a causar daño.
  • Sustancias peligrosas, inflamables, tóxicas, corrosivas o ilícitas.
  • Bienes perecederos, alimentos que puedan descomponerse o elementos que generen olores, derrames o afectaciones sanitarias.
  • Animales.
  • Cualquier objeto ilícito, de origen ilegal o que represente riesgo para las personas, las instalaciones o la operación del Centro Comercial.

 

La Copropiedad podrá negar o finalizar el servicio cuando advierta el incumplimiento de esta prohibición, sin perjuicio de las actuaciones legales o de seguridad que correspondan.

 

Artículo 11. Declaración de valor: Antes de iniciar, deberás informar el valor aproximado de los bienes almacenados y declarar que la información suministrada es veraz. La Copropiedad podrá solicitar una descripción general de los bienes para efectos de control de riesgo y atención de reclamaciones. La declaración de valor no implica verificación física, avalúo, aceptación automática del valor informado ni de cobertura asegurada.

 

Artículo 12. Tarifas y tiempo de uso: La tarifa base y el tiempo incluido serán informados antes de iniciar el servicio y quedarán registrados en el sistema o formato de asignación. Si retiras tus pertenencias después del tiempo contratado, se cobrará una tarifa de TRES MIL PESOS M.L. (COP $3.000) por cada hora adicional o fracción que, conforme a la parametrización del sistema, dé lugar al cobro.

 

Si no recoges tus pertenencias dentro del horario establecido y estas permanecen almacenadas de un día para otro, se cobrará una tarifa de DOCE MIL PESOS M.L. (COP $12.000) por el servicio de pernocta.

 

Artículo 13. Pagos y devoluciones: Una vez asignado el casillero y puesto a tu disposición, no habrá devolución del valor pagado por terminación anticipada, desistimiento o falta de uso imputable al usuario. La regla anterior no limita los derechos irrenunciables del consumidor ni aplica cuando el servicio no pueda prestarse por una causa atribuible a la Copropiedad o cuando la ley ordene el reintegro.

 

Artículo 14. Permanencia máxima: Guarda-compras es un servicio temporal. La permanencia máxima de los bienes será de setenta y dos (72) horas, contadas desde la hora inicialmente prevista para el retiro. Durante la permanencia adicional continuarán aplicándose las tarifas informadas y los cobros que hayan sido previamente definidos y aceptados.

 

Artículo 15. Bienes no retirados y liberación del casillero: Cuando se cumpla el plazo máximo sin que retires tus pertenencias, la Copropiedad podrá intentar contactarte a través de los datos registrados y aplicar el protocolo de apertura extraordinaria. La apertura incluirá un inventario general de los bienes encontrados, el registro de la novedad y, cuando corresponda, evidencia fotográfica y presencia de un testigo. Los bienes serán trasladados al lugar institucional definido para la custodia de objetos no reclamados y el casillero será liberado para continuar la operación. La apertura, el inventario, el traslado y la custodia posterior no implican transferencia de propiedad a favor de la Copropiedad. La disposición final de los bienes se sujetará al protocolo institucional aplicable, a su naturaleza y a la normatividad vigente.

 

Artículo 16. Pérdida o daño de la llave: Si pierdes o dañas la llave, deberás reportarlo inmediatamente, acreditar tu identidad y permitir la verificación de los datos asociados al servicio. La Copropiedad aplicará el protocolo de apertura extraordinaria. La pérdida de la llave genera un cobro fijo de CINCUENTA MIL PESOS M.L. (COP $50.000), correspondiente al valor de reposición, cambio de guardas, intervención de cerrajería y recuperación de la seguridad del casillero.

 

Artículo 17. Incidentes, novedades y reclamaciones: Cualquier pérdida de llave, dificultad de acceso, daño, irregularidad o incidente deberá reportarse inmediatamente al anfitrión y antes de abandonar el punto de atención. Para estudiar una reclamación, la Copropiedad podrá solicitar el registro del servicio, la declaración de valor, la descripción de los bienes, soportes de propiedad o valor, evidencia disponible y cualquier información razonablemente necesaria para establecer los hechos y gestionar la reclamación.

El reporte y la recepción de documentos no implican aceptación automática de responsabilidad ni reconocimiento inmediato de una indemnización.

 

Artículo 18. Deberes del usuario: Además de las obligaciones previstas en otras disposiciones de este reglamento, deberás:

  1. Suministrar información completa, actualizada y veraz.
  2. Usar el casillero únicamente para los fines autorizados.
  3. No almacenar bienes prohibidos ni exceder la capacidad del casillero.
  4. Cerrar correctamente el casillero y conservar la llave.
  5. No manipular, alterar ni forzar la cerradura, la puerta o la estructura.
  6. Retirar todas tus pertenencias dentro del tiempo contratado o, a más tardar, dentro del plazo máximo permitido.
  7. Verificar el contenido del casillero antes de devolver la llave.
  8. Pagar las tarifas y cobros previamente informados y aceptados.
  9. Reportar de inmediato cualquier incidente o novedad.

 

Artículo 20. Compromisos de la Copropiedad: La Copropiedad se compromete a:

  1. Informar de manera clara las tarifas, tiempos, restricciones y condiciones esenciales antes de iniciar.
  2. Asignar el casillero y registrar la información del servicio.
  3. Mantener controles razonables sobre la custodia de la llave maestra.
  4. Aplicar el protocolo de apertura extraordinaria cuando corresponda.
  5. Registrar y gestionar los incidentes y reclamaciones recibidos.
  6. Tratar los datos personales conforme a la normatividad y a su Política de Tratamiento de Datos Personales.

 

Artículo 21. Régimen de responsabilidad: La Copropiedad responderá en los eventos y dentro del alcance que establezcan la ley y las condiciones del servicio. Al evaluar un incidente se tendrán en cuenta la información registrada, la declaración de valor, el cumplimiento de las reglas del servicio, la conducta de las partes y las evidencias disponibles.

 

Sin perjuicio de las responsabilidades que legalmente correspondan, la Copropiedad no asumirá como bienes amparados aquellos expresamente prohibidos, los valores no declarados o no acreditados, ni los daños derivados exclusivamente de la naturaleza, deterioro propio, empaque inadecuado o condición preexistente de los objetos. Tampoco responderá por hechos atribuibles al usuario, como dejar el casillero abierto, compartir la llave o permitir el acceso de terceros. Ninguna disposición de este reglamento limita, excluye o implica renuncia a los derechos irrenunciables reconocidos al consumidor por la legislación colombiana.

 

Artículo 22. Tratamiento de datos personales: La Copropiedad tratará los datos personales recolectados para: identificarte; asignar y administrar el casillero; registrar la prestación del servicio; atender incidentes; gestionar solicitudes y reclamaciones; cumplir obligaciones legales; gestionar el programa de seguros; y elaborar estadísticas internas de uso, preferiblemente de forma agregada o anonimizada.

 

La autorización deberá ser previa, expresa e informada. Al aceptarla, declaras que conoces las finalidades del tratamiento y la forma de ejercer tus derechos. Como titular podrás conocer, actualizar y rectificar tus datos; solicitar prueba de la autorización; ser informado sobre el uso dado a la información; presentar consultas o reclamos; solicitar la supresión o revocar la autorización cuando sea procedente; y acceder gratuitamente a tus datos, de acuerdo con la Ley 1581 de 2012 y las normas que la reglamenten o modifiquen.

 

La Política de Tratamiento de Datos Personales estará disponible en los canales oficiales del Centro Comercial Santafé Medellín P.H.: https://www.santafemedellin.com/pagina/politicas-de-tratamiento-de-datos-personales.

 

Artículo 23. Aceptación, interpretación y vigencia: La aceptación registrada antes de la asignación acredita que recibiste información sobre las condiciones esenciales y que aceptas este reglamento, sin perjuicio de tus derechos legales. Los asuntos no previstos se resolverán conforme a la normatividad colombiana aplicable, las condiciones informadas del servicio, los protocolos internos y la Política de Tratamiento de Datos Personales de la Copropiedad.

 

Este reglamento rige a partir del 16 de julio de 2026 y permanecerá vigente hasta que sea modificado o reemplazado por la Copropiedad.

 

Constancia de aceptación del usuario: Declaro que recibí información clara sobre la tarifa, el tiempo de uso, las restricciones, las condiciones de cobertura, el manejo de la llave, la toma y finalidad de la evidencia fotográfica, el tratamiento de datos personales y las reglas esenciales de Guarda-compras. Acepto el presente reglamento y declaro que la información suministrada es veraz.

 

Nombre del usuario:

Documento:

Locker No.:

Fecha:

Hora de ingreso:

Hora estimada de retiro:

Firma o aceptación electrónica del usuario:

Firma o registro del anfitrión:

 

Marco normativo de referencia: Ley 1581 de 2012 y disposiciones reglamentarias sobre protección de datos personales; Ley 1480 de 2011 - Estatuto del Consumidor; y demás normatividad aplicable.

Teléfono:
(+57 4) 460 07 37
Dirección:
Carrera 43a, Calle 7 Sur - 170 Medellín, Antioquia.

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